Zona de Descargas
Proyectos productivos completos
o corridas financieras
Para los programas:
- SADER
- INAES
- INPI
- FIRCO
- PROIN
- S.E.
- Financiera Nacional (FND) - INADEM
- Pymes

REGLAS de Operación del Programa de Microcréditos para el Bienestar 2020.

27 febrero 2020
Compartir:



Les compartimos; REGLAS de Operación del Programa de Microcréditos para el Bienestar 2020.

Objetivo General: Fomentar la consolidación de las actividades productivas de las personas que inicien (Modalidad Mes 13 JCF) o cuenten (Modalidad Consolidación) con un Micronegocio a través de Apoyos mediante financiamiento y, posteriormente, de Apoyos mediante asesoría y capacitación.

Para la Modalidad Consolidación, el Programa tiene cobertura nacional, en 2,227 municipios y 2,401 localidades que se detallan en el Anexo 4, los cuales presentan media, alta y muy alta marginación, y/o presencia de población indígena o afromexicana, y/o altos índices de violencia, de acuerdo con información del Consejo Nacional de Población, del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas y del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, respectivamente. Para la Modalidad Mes 13 JCF, la cobertura será la del Programa JCF.

DE LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS APOYOS

OCTAVA.- Del total de los recursos aprobados al Programa, el 94.05% se destinará al otorgamiento de apoyos directos a la población objetivo. Los gastos asociados a la operación, capacitación, supervisión y evaluación externa del Programa, no serán mayores al 5.95%.

NOVENA.- El Programa considera el acceso a Apoyos mediante financiamiento sin intereses que se entregarán en forma individual a las personas que cumplan los Criterios de elegibilidad y los requisitos establecidos en las Reglas SEXTA y SÉPTIMA, respectivamente, conforme a lo siguiente, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria:

Esquemas de entrega de Apoyos mediante financiamiento
Apoyo
Monto del
apoyo
Monto del
reembolso
mensual
Número de
mensualidades para
el reembolso
Periodo de gracia
inicial
Primero
$6,000.00
$600.00
10
Un mes
Segundo
$10,000.00
$1,000.00
10
Un mes
Tercero
$15,000.00
$1,500.00
10
Un mes
Cuarto
$20,000.00
$2,000.00
10
Un mes
Las Personas Beneficiarias que hayan recibido un primer Apoyo mediante financiamiento y reembolsen en su totalidad el monto original al Programa en hasta diez reembolsos mensuales de $600.00 (seiscientos pesos 00/100 M.N.) cada uno, con un mes de gracia inicial, podrán tener acceso al beneficio adicional de un segundo Apoyo mediante financiamiento sin intereses, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria.

El reembolso de la totalidad del segundo Apoyo en hasta diez parcialidades mensuales de $1,000.00 (un mil pesos 00/100 M.N.) cada una, con un mes de gracia inicial, permitirá acceder al tercer Apoyo mediante financiamiento sin intereses, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria.

El reembolso de la totalidad del tercer Apoyo en hasta diez parcialidades mensuales de $1,500.00 (un mil quinientos pesos 00/100 M.N.) cada una, con un mes de gracia inicial, permitirá acceder al cuarto Apoyo mediante financiamiento sin intereses, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria.
El reembolso de la totalidad del cuarto Apoyo en hasta diez parcialidades mensuales de $2,000.00 (dos mil pesos 00/100 M.N.) cada una, con un mes de gracia inicial, permitirá a la Persona Beneficiaria acceder en forma preferencial a otros programas orientados a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) de la Secretaría.


Si una Persona Beneficiaria adelanta sus reembolsos cubriendo el total de su Tanda, podrá solicitar un apoyo subsecuente a partir del séptimo mes posterior al cobro de su apoyo.

Los reembolsos deberán ser por las cantidades establecidas o en múltiplos de ellas.

Las Personas Beneficiarias que así lo deseen podrán optar porque sus apoyos subsecuentes sean por el mismo monto y plazo que alguno de los apoyos recibidos con anterioridad. El número máximo de apoyos que podrán recibir por parte del Programa es de cuatro (uno inicial y tres subsecuentes).


Las Personas Beneficiarias que lleven a cabo el reembolso de sus Apoyos mediante financiamiento subsecuentes en tiempo y forma podrán recibir, por parte de la Coordinación, una constancia de cumplimiento.

Todos los detalles en Reglas de Operación.