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Reglas de Operación del Programa de Fomento Ganadero de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio 2019.
La población objetivo del Programa está compuesta por personas físicas y personas morales dedicadas a la producción, comercialización o industrialización de productos pecuarios que se encuentren registradas en el PGN.
La cobertura del presente programa es Nacional de aplicación en las 32 entidades federativas de México; prioritariamente se ejecutará en las entidades federativas de Campeche, Chiapas, Guerrero, Jalisco, Nayarit, Michoacán de Ocampo, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán y Zacatecas.
El presente Acuerdo tiene por objeto establecer las Reglas de Operación para la aplicación del Programa de Fomento Ganadero y sus Componentes:
I. Capitalización Productiva Pecuaria
a) Infraestructura, Maquinaria y Equipo para la Transformación de Productos.
b) Perforación de Pozos Pecuarios.
c) Repoblamiento y Rescate.
d) Infraestructura y Equipo en las UPP.
II. Estrategias Integrales para la Cadena Productiva
a) Incentivos a la Postproducción Pecuaria.
b) Recría Pecuaria.
c) Reproducción y Material Genético Pecuario.
d) Manejo de Ganado.
e) Ganado Alimentario.
f) Sistemas Producto Pecuarios.
III. Investigación, Innovación y Desarrollo Tecnológico Pecuarios
a) Investigación, Innovación y Desarrollo Tecnológico Pecuarios.
b) Recursos Zoogenéticos Pecuarios.
IV. Sustentabilidad Pecuaria
a) Bioseguridad Pecuaria.
b) Mantenimiento y Reconversión de Praderas y Agostaderos.
La interpretación técnica y operativa de las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo, así como la resolución de los asuntos no previstos en estas Reglas de Operación, serán facultad de la Secretaría a través de la Unidad Responsable correspondiente, en los términos de las disposiciones aplicables en la materia, sin perjuicio de las facultades de la Oficina del Abogado General. Dicha interpretación se resolverá siempre bajo el principio de mayor beneficio para los solicitantes y se tomará como criterio general para casos similares.
Para la operación del Programa será aplicable lo señalado en el Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones generales aplicables a las Reglas y Lineamientos de Operación de los Programas a cargo de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, para el ejercicio 2019".
En ese sentido, las fechas de apertura y cierre de ventanillas serán del 1 de marzo al 17 de abril de 2019.
Los requisitos, Montos de apoyo, y Detalles en Reglas de Operación